Ser taurino, y yo lo soy, se ha convertido en un chollo para cualquier mindundi, desinformado, inculto, trincón y bocazas, que se arroga con derecho de descalificar, insultar, ofender, con la mayor impunidad.
Decirles que se informen, es como predicar en el desierto, porque su incapacidad de entender es escasa y sus intereses están por encima de cualquier razón.
Se dicen animalistas, los que castran a sus mascotas, veganos que le pegan al Jabugo, vegetarianos que adoran el chuletón, todos viven en una mentira sobrepasada por el interés.
Se dicen animalistas, los que castran a sus mascotas, veganos que le pegan al Jabugo, vegetarianos que adoran el chuletón, todos viven en una mentira sobrepasada por el interés.
La asociación CAS International, con sede en Holanda,
organismo creado en 1993, lleva más de dos
décadas financiando acciones antitaurinas en países como
España.
De acuerdo con el
documento, estas campañas suponen un desembolso anual de 228.000 euros, por lo
que, asumiendo que la cifra se ha mantenido más o menos constante en los
últimos tiempos, hablaríamos de más
de un millón de euros a lo largo del último lustro.
Desde hace años, el “lobby” antitaurino suizo FFW opera en Galicia
de la mano de una “plataforma” denominada “Galicia, Mellor Sen Touradas”. Al
mando de esta estrategia animalista está Rubén Pérez, quien reconoce en su
página de LinkedIn su vínculo con el citado “lobby” suizo. Concretamente, Pérez
dice ser “consultor de campañas e incidencia política” en la Fundación Franz
Weber.
La respuesta de la Comisión Europea ha sido tajante:
“las corridas de toros se consideran una tradición cultural que forma parte del
patrimonio regional de España, a tenor de lo establecido en el artículo 13 del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea”.
Una vez más, las autoridades
comunitarias ponen en su sitio a los antitaurinos, tirando a la basura un nuevo
empeño propagandístico del “lobby” antitaurino suizo que opera en Coruña.
Pero en España, ningún gobierno, se atreve a hacer valer las consideraciones Europeas, consiente que comunidades autónomas, decidan por su cuenta la abolición de las corridas, saltándose a la torera:
Pleno. Sentencia 177/2016, de 20 de octubre de 2016. Recurso de inconstitucionalidad 7722-2010. Interpuesto por cincuenta Senadores del Grupo Parlamentario Popular respecto del artículo 1 de la Ley del Parlamento de Cataluña 28/2010, de 3 de agosto, de modificación del artículo 6 del texto refundido de la Ley de protección de los animales, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril. Competencias sobre patrimonio histórico y cultura: nulidad del precepto legal autonómico que prohíbe la celebración en Cataluña de corridas de toros y espectáculos taurinos que incluyan la muerte del animal y la aplicación de determinadas suertes de lidia. Votos particulares.
Saquemos conclusiones y aceptemos realidades, ser taurino conlleva la aceptación de insultos vejaciones y descalificaciones ¿Quién nos defiende?
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